La Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) remitió a la Sala Constitucional la velocidad, la cual considera que garantiza el derecho a la información de los usuarios pospagos y el funcionamiento de las aplicaciones móviles más utilizadas en Costa Rica. Fue en respuesta a que dicho fuero dio un amparo contra la política de uso justo. El regulador aclaró que los operadores deberán eliminar de sus contratos de adhesión la política de uso justo de forma inmediata, e incorporar datos del servicio contratado, tales como: la velocidad de acceso del servicio, el volumen de datos acordado y la velocidad funcional de acceso.
Esta velocidad será revisada cada dos años por el órgano regulador. No obstante, el plazo podría ser menor si ocurre algún cambio tecnológico que requiera revisar la velocidad funcional establecida. El regulador aclaró asimismo que los parámetros que determinan este acceso funcional serán sometidos a consulta pública.