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jueves 24 de septiembre de 2020

Una oportunidad para debatir la reglamentación del Decreto 690 y también el rol estratégico de las TIC en la post pandemia

Durante los próximos dos o tres meses el Gobierno y el sector privado deliberarán para construir la reglamentación de la norma que sorprendió a la industria TIC al definir como públicos, esenciales y estratégicos en competencia a los servicios de telecomunicaciones fijos, móviles y la TV paga.

El Decreto 690 tiene mayor consistencia por haber sido refrendado inmediatamente en el Senado. Fuentes empresarias consultadas por Convergencia, ven en la reglamentación una posibilidad de atemperar el decreto. Proponen algunas reglas básicas, como permitir aumentos o adecuaciones en base a algún tipo de índice, y aspiran a que se contemple el concepto de segmentación en un sentido amplio: mercado residencial, empresas, servicios Premium, y la lógica del empaquetamiento.

En cuanto a los servicios para el usuario final, un alto funcionario del gobierno anterior, interpreta, que tal como está redactado el decreto, el gobierno podría plantear dos regímenes de precios, uno para internet y TV paga destinado a prestadores de todos los tamaños, y otro para la telefonía móvil, con sólo tres operadores pero impacta sobre el 90% de los usuarios de telecomunicaciones. La televisión satelital estaría excluida de la definición de servicio público.

El descontento y la resistencia mayor fueron por la modificación del artículo 54 de la Ley Argentina Digital, que incorpora como servicio público a la telefonía móvil en todas sus modalidades, y determina precios regulados por la autoridad de aplicación.

Diálogo. Apenas tres días después de difundirse el decreto, el Enacom y los funcionarios TIC comenzaron a reunirse con representantes de todos los sectores en las dos semanas siguientes. Existe voluntad de diálogo. Las autoridades pidieron a todos que aporten ideas y opiniones por escrito a fin de considerar esas sugerencias a la reglamentación que se conocerá antes de finalizar el año. El gobierno introdujo en las conversaciones a los consumidores y usuarios, destinatarios de todos los servicios y, vale recordarlo, proveedores del dinero que las empresas destinan a la inversión.   

No parece válida una medida aislada si desde el gobierno se considera que la regulación actual no permite llegar a un acuerdo de precios o establecer mecanismos para que los precios deriven en “más gente” contratando servicios TIC. Para lograr mayor inclusión digital se debería partir de un diagnóstico que identifique cuáles son las barreras y articular políticas que contemplen la estructura de la oferta en distintas localidades del país, los niveles de competencia por servicio y las barreras de la demanda.

Desde los prestadores pyme se propone la asimetría regulatoria, mientras expresan temores por los subsidios cruzados de los grandes competidores. Pero son las definiciones de asimetrías las que están cruzadas: para unos es entre grandes y chicos, para otros es entre precios mayoristas, los valores en dólares del equipamiento dolarizados y servicios que se venden en pesos; para otros la asimetría está en el acceso a la infraestructura pasiva, etc.  

Interrogantes. Cabe preguntarse: ¿El problema de la brecha digital en Argentina es un tema de precios? ¿De qué precio? ¿El del servicio al usuario final, el del dispositivo, o el de prestaciones entre operadores? Si el problema fuera el precio, su raíz está en la oferta. ¿Ausencia de inversión? ¿Ausencia de competencia? ¿Las posiciones abusivas de algún actor en particular de la cadena de valor? Los considerandos del decreto no contemplan este contexto, toman como base los derechos humanos, la libertad de expresión, temas incuestionables promovidos por las organizaciones multilaterales.

También cabe preguntarse por qué con la Ley Argentina Digital no hubo críticas por el Art. 15. Que decía: ¨Se reconoce el carácter de servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia al uso y acceso a las redes de telecomunicaciones, para y entre licenciatarios de Servicios de TIC¨. Con esa fórmula, el Estado intervenía en conflictos de interconexión entre prestadores cuya resolución es esencial para promover la competencia. El DNU agregó a este artículo una oración: “La autoridad de aplicación garantizará su efectiva disponibilidad”.

La redacción original del artículo 48 de la Ley 27.078 establecía que ¨Las tarifas de los servicios públicos esenciales y estratégicos de TIC en competencia, las de los prestados en función del Servicio Universal y de aquellos que determine la Autoridad de Aplicación por razones de interés público podrán ser reguladas por ésta. Existe lógica en que el Estado se reserve el derecho de evaluar, pero era más sencillo hace 6 años que hoy, con un entorno convergente.

Para los operadores resulta muy preocupante que el DNU cambie la palabra “podrán” por “serán”. Además se agrega a ese artículo: ¨La autoridad de aplicación establecerá en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad.”

Otro dilema que plantea el decreto es cómo va a hacer el Enacom para determinar el precio justo en un entorno convergente, con operadores que venden múltiples servicios, incluyendo aplicaciones de otros. Cómo determinará el precio y la rentabilidad justa en servicios tan disímiles como el residencial y el de empresas, o los que pagan los gobiernos, ya que los operadores tienen unidades de negocios con productos y servicios sólo para el segmento estatal. ¿Tiene el Estado toda esta información?

La vía de salida parece ser el acuerdo de partes en la reglamentación fijando un indicador, que se establezcan topes.

Hasta aquí podría interpretarse que sólo con el artículo 15 sin modificar, el artículo 48, un equipo técnico sólido en Enacom y en la Secretaría de Innovación, una Comisión de Defensa de la Competencia independiente, otras normas complementarias, el ejercicio del poder del Estado y la buena voluntad de las partes, la Ley Argentina Digital ofrecía un marco legal razonable para promover un control sobre los precios en la coyuntura de la pandemia y una perspectiva de generar acceso universal de calidad.

La mayor discordia es por el servicio móvil. Desde el gobierno argumentan que en el móvil prepago, que utiliza la población de menor poder adquisitivo, el valor del segundo es más caro que el del pos pago. Los operadores móviles no quieren ni imaginar que el precio que paga el 60% de sus clientes lo va a determinar el Estado.

Pensar que todos los servicios TIC deben ser servicios públicos a primera vista es un concepto demodé: la telefonía fija está en decadencia, pero Movistar, Claro, Telecentro y más recientemente Telecom, la instalan en combo cuando un nuevo cliente contrata banda ancha. La voz móvil está siendo reemplazadas por aplicaciones como WA, que los operadores promocionan como gratuito (aunque está implícito en el precio). Y en ocasiones quienes tienen un Wifi público cerca ni siquiera necesitan el abono móvil.

La TV paga es otro tema.  Actores del mercado consideran que es lógico que si se regula el precio de la telefonía e internet también lo sea el de TV paga para que evitar subsidios cruzados, pero el control del precio no resuelve el problema de la libertad de la multiplicidad de voces, ni de mayor generación de contenido local.

Hasta aquí, el decreto deja ver que se pone el centro al usuario pero sin conocer como evolucionaron sus hábitos. Se quiere regular el precio para impulsar o garantizar la inclusión digital, sin determinar si ese es el problema sólo para un servicio o para todos. Si es un problema federal, o aplica sólo a algunas geografías en particular. Se sabe que es una barrera el precio de la computadora que siempre fue la barrera para Internet, o del  smartphone que cuesta menos y lo subsidia el operador (cada vez menos).

El revuelo por un acuerdo de precios deja daños colaterales. Quienes pretenden imaginar cómo se originó el Decreto van por el camino fácil de decir “es contra Clarín…lo redactó Cristina…”. Pero se pueden poner en duda esos supuestos porque si el Gobierno quisiera molestar a Telecom podría haber exigido la devolución del remanente de espectro en medio de la pandemia, que debió entregar en julio.  

En otro plano los prestadores grandes ahora quieren a las pymes a su lado, y éstas se dividen entre los que prefieren el acercamiento pero con la bandera de las asimetrías y lograr juntos una reglamentación ¨sustentable¨, y las pyme que se sienten usadas ahora que las papas queman. A las grandes empresas las asimetrías no les caen bien e intentan desalentar esa idea que esgrimen Cabase y las federaciones de cooperativas.

A esta altura, hubiese sido deseable debatir el rol estratégico de las TIC en la era post pandemia. En todo caso se está a tiempo de darle ese enfoque a la discusión. El debate leal puede ser la ganancia que deje el decreto. Pero como es natural, todos deberán declinar parte de sus intereses.

Si no se destraba la situación con la reglamentación las inversiones pueden menguar y el efecto será negativo para los usuarios sean individuos o empresas que necesitan servicios de punta para producir.

Historia. Hasta fines de los 90 era la telefonía fija el único servicio masivo (los móviles recién aparecían como objeto suntuario e Internet recién se ofrece comercialmente desde 1995) Estaba definido como servicio público.  La tarifa tenía tres variables en su precio: abono, pulso y distancia. Seis años después de la privatización se decidió hacer un “rebalanceo tarifario”. Hubo audiencias públicas para discutirlo. Ni los operadores sabían cuál era el costo que tenía la generación de una llamada. Para averiguarlo, la primitiva Telecom contrató a una consultora británica que cobró cerca de un millón de dólares por su trabajo que, por cierto, no aportó precisiones. O sea, al no tener un costo preciso, era complicado determinar tarifas.

6.000. En la ciudad de Buenos Aires existen 6.000 chicos que no pueden tener educación remota porque Internet no llega a sus barrios o porque no pueden pagarlo; o carecen de computadoras. Estos agujeros negros se repiten en el conurbano y grandes urbes y también poblaciones rurales o aisladas. Brecha digital y brecha social van de la mano.

La intervención del Estado, con los fondos del Servicio Universal, no estuvo enfocada hacia esa población vulnerable y recién ahora se tomaron medidas correctivas. A los privados también les caber responsabilidad por estas situaciones.

Vale preguntarse cómo puede ser que en “la opulenta” capital Argentina ocurran estas inequidades con el acceso al mundo digital lo cual agrava ahora y siempre, la brecha social. En algunas entrevistas el presidente Alberto Fernández, mencionó el caso de los 6.000 chicos cuando en los medios le preguntaban por el Decreto 690.

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