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jueves 13 de enero de 2022

Los neuroderechos como defensa ante el avance la neurotecnología

Chile legisló con la mirada puesta en el límite al uso de los nuevos desarrollos que influyen sobre el cerebro.

En los últimos meses, Chile dio pasos importantes en la conformación de un ecosistema legal que regule la relación de los humanos con el despliegue tecnológico, conocida coloquialmente como los neuroderechos. Cada uno de esos pasos implicó un debate entre los partidarios de legislar en ese terreno y los que se oponían con diversas razones, una de ellas la falta de oportunidad de la discusión en medio de la crisis social más aguda en ese país de los últimos 50 años.

En octubre pasado, la Cámara de Senadores concluyó los procedimientos que dieron fuerza de ley a una reforma constitucional que incluyó un párrafo en el artículo 3 de la Carta Magna, dedicado a los neuroderechos, que dice: “El desarrollo científico y tecnológico estará al servicio de las personas y se llevará a cabo con respeto a la vida y a la integridad física y psíquica. La ley regulará los requisitos, condiciones y restricciones para su utilización en las personas, debiendo resguardar especialmente la actividad cerebral, así como la información proveniente de ella”.

La ley que señala el párrafo ya dio sus primeros pasos: el 7 de diciembre el Senado la aprobó por unanimidad y la giró a la Cámara de Diputados. Este proyecto busca impedir que se intervengan los cerebros sin consentimiento para protegerlos ante los avances de la neurociencia y la inteligencia artificial. “Con esto se comienza a materializar la regulación a nivel legal de la protección de las personas respecto a estos avances científicos y tecnológicos”, señaló Andrés Couve, ministro de Ciencias.

Un segundo proyecto de ley apunta a regular a las plataformas tecnológicas.

Amenazas. Los neuroderechos surgen como una respuesta al avance tecnológico vinculado con una versión muy potenciada de la invasión de la privacidad: el control del cerebro humano.

Esta mirada tiene sus detractores. Para Alberto Lecaros, director del observatorio de Bioética y Derechos de la Universidad del Desarrollo, los chilenos no pueden “regular de modo anticipado sin ver qué impacto tienen estas tecnologías incipientes”. Agregó que “lo importante es que el derecho avance de forma paralela a los avances tecnológicos”. Según Lecaros, “son tecnologías que están en desarrollo, constituye un objeto de protección muy anticipado para llevarlo a cabo a nivel legislativo; hay apresuramientos cuando las tecnologías aún son incipientes, entonces constituye un riesgo respecto a estos nuevos derechos”.

Además, criticó el hecho de que el proyecto se tratara antes del de datos personales, que -aseguró- está cajoneado en el mismo Senado y que por orden de jerarquía debería ser tratado antes que los neuroderechos porque los contiene.

Razones. Si bien quienes impulsaron ambas normas aseguran que no se trata solo de defenderse de amenazas, sino que también es prever el campo positivo que se abrirá cuando la neurotecnología ofrezca aparatos probados para combatir el Alzheimer y otras enfermedades neurológicas, la instalación de los neuroderechos es un problema del presente, no del futuro. Este fue el eje del debate que se dio en España previo a la salida de la Carta de Derechos Digitales que, aunque no tendrá impacto legal inmediato, es un inicio de un camino en un tema en el que muy pocos han dado pasos concretos.

El especialista en bioética Marcello Ienca, docente e investigador de la Escuela Politécnica Superior de Lausana, Suiza, asegura que las interfaces cerebro-máquina (ICM), más allá del grado de invasión física del cerebro, ya tienen la capacidad de interferir la mente y, por lo tanto, alterar la identidad y el comportamiento. “El reto ético planteado por las ICM y otras neurotecnologías nos obliga a abordar una cuestión ético-socio-legal y política fundamental: determinar si –o en qué condiciones– es legítimo acceder o interferir en la actividad cerebral de una persona. Esta cuestión invita al debate en los diversos niveles de gobernanza”. Y advierte: la capacidad de daño que se puede ejecutar a través de las plataformas sociales está vinculado a que en sus inicios no hubo supervisión. Cuando se la intentó ejercer, ya era demasiado tarde. “En lo relativo a la neurotecnología, no podemos correr este riesgo”, subraya.

Tanto el proyecto de ley como la reforma constitucional chilena forman parte de una agenda que se comenzó a impulsar en 2019 gracias a las ideas del Grupo Morningside, un colectivo estadounidense de académicos que lleva años advirtiendo a los gobiernos sobre la necesidad de proteger la integridad mental. Justamente, el animador de este colectivo, el español Rafael Yuste, profesor en la Universidad de Columbia, EE.UU., fue uno de los firmantes de un documento publicado en abril de 2021 en el que se puntualizan los aspectos centrales del debate sobre las neurotecnologías: se señala, en primer lugar, que tienen el potencial de alterar significativamente elementos de la experiencia humana, para lo cual plantea la necesidad de ofrecer información a la pobación y, como parte de una campaña, un debate abierto entre funcionarios, académicos, tecnólogos, empresas y otras organizaciones de la sociedad civil.

En segundo lugar, “la neurotecnología también ofrece acceso único a algunos de los datos más íntimos que tenemos para ofrecer: datos cerebrales”, dice el documento titulado “Recomendaciones para el desarrollo responsable y la aplicación de neurotecnologías”. Aquí, el modelo de consentimiento personal que las empresas de tecnología adoptan para apropiarse de los datos privados de los usuario de apps y sistemas operativos, se demuestran ineficaces por su escaso alcance.

También plantean la necesidad de un “blanqueo” de las motivaciones en la investigación, el desarrollo y la aplicación de dispositivos ICM, sesgo que “debe ser expuesto, reconocido y mitigado siempre que sea posible”.

En cuarto lugar, el grupo reclama que cualquier neurotecnología debe ser profundamente analizada y puesta a prueba antes de su aplicación en humanos, “siempre desde la perspectiva de la seguridad y la justicia distributiva a corto y largo plazo”.

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