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jueves 22 de junio de 2017

El rumbo político en Argentina brinda más garantías que la falta de certidumbre jurídica

En la industria se cree que este año no habrá ley Convergente, a pesar de que ayer el ministro Oscar Aguad haya admitido que la norma posiblemente entre al Senado después de las elecciones. Hay divergencias entre los optimistas que esperan que la normativa llegue al Congreso este año o el que viene y los pesimistas, que entienden que con el DNU 257/15 y el decreto 1340/16 ya se constituyó el nuevo status quo legal de las TIC y que la ley quedará en el limbo. Las preocupaciones pasan, por otro lado, por el avance de los reglamentos, los vacíos en la nueva regulación, o la multiplicidad de interlocutores entre las autoridades.

La Comisión Redactora de la Ley Convergente finalizó su trabajo en marzo y el Ministerio de Comunicaciones (Mincom) convocó una nueva ronda de consultas para revisar el proyecto. Sin embargo no se pondrá a disposición del público y sólo opinarán los actores que participaron en la primera etapa.

Las restricciones también se aplican a los mecanismos de consulta. Apenas se permitirá ver “por temas” fragmentos de la ley según competan a cada actor. Incluso hasta el momento ninguna de las empresas consultadas había sido invitada a participar en esta segunda fase ni había recibido su correspondiente “fragmento de ley” para opinar.

El lento avance de la ley genera reacciones dispares, aunque se pida la mayor previsibilidad que daría la norma. En líneas generales, para las grandes empresas esa demanda es más bien formal y están conformes con el sello “pro mercado” de la política para el sector que practica el gobierno de Macri. Abundan, sí, las críticas y sospechas de que varias medidas tienden a favorecer la posición del Grupo Clarín en detrimento del resto, especialmente de las telefónicas.

Audiovisual

Esas reclamaciones se acentúan en el caso de los jugadores medianos y chicos, sobre todo entre los cableoperadores, que arguyen que sin ley es más temerario invertir en un contexto legal marcado por dos leyes parcheadas por dos decretos que presentan contradicciones. Para los cableros no está claro si se pueden considerar operadores TIC, según se interprete el DNU 267/15, o si siguen teniendo obligaciones de servicios audiovisuales, según la lectura que se haga del 1340/16.

Pese a ello, para la mayoría de los cableros pymes, la judicialización no es, por lo pronto, el camino para resolver estas reclamaciones. A principios de mayo se especulaba que a la cautelar de la Justicia federal  que frenó la posibilidad de que las telefónicas den servicios de TV paga en algunas localidades de la provincia de Mendoza, le siguieron otras demandas de empresas ante los tribunales. La medida, que beneficia a Cable Televisora Color, frenó la vigencia del 1340/16 en las localidades mendocinas de San Rafael, Tunuyán, San Carlos y Malargüe.

Por el contrario, otro juzgado federal, el de Venado Tuerto, rechazó una petición similar de medida cautelar presentada por una pyme de Rosario. Y en Enacom confían en que la apelación presentada tiene suficientes elementos técnicos para revocar la cautelar.

Entre los cableros pymes también cunde la sensación de que la ley no llegará, y que es preferible orientar las demandas hacia otras iniciativas, como pedir más incentivos para hacer FTTH, como créditos blandos, más allá de los proyectos de Servicio Universal y el recientemente anunciado Plan Nacional de Banda Ancha.

Dos integrantes de la comisión redactora coincidieron en admitir que los principales puntos de conflicto en torno a la futura ley se relacionan con el sector audiovisual. Entre ellos, que el estatus de los cableros como operadores TIC, previsto en el proyecto, afecte a los tributos que los operadores de comunicación audiovisual aportan a distintos fondos de fomento, como el del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA). Los legisladores desestimaron futuros conflictos y prometieron que “la ley mejora y mucho los fondos destinados a fomento”.

Reglamentos

Entre las telcos está mucho más asumida la política de hechos consumados y aceptan que el gobierno avance en distintos reglamentos, con el guiño de que están en sintonía con la futura ley, a la que quedarán integrados. Aunque piden opinar más. Entienden que se pasó de un extremo al otro, desde las participativas y politizadas audiencias para la ley de medios durante el kirchnerismo a la pantomima de opinar por twitter promovida por el macrismo.

De los reglamentos esperados, el que más preocupa es el de espectro, justamente porque todavía no está en consulta pública ni se tienen noticias del mismo. Ese reglamento se espera desde agosto del año pasado, cuando se dio a conocer la existencia de un grupo de trabajo conjunto entre el Ministerio de Comunicaciones y el Enacom. Sin embargo, la tarea quedó finalmente en manos del ente regulador.

Justamente, los desacuerdos entre ambos organismos perturban a las empresas. También inquieta el rol del Enacom en la definición de las políticas para el sector, porque choca con la idea de mejores prácticas regulatorias promovidas por la UIT sobre la independencia de los reguladores y de contar con una sola autoridad para el sector. Algunos critican que Miguel De Godoy, presidente del Enacom, dialogue y defina más con Marcos Peña, jefe de Gabinete, que con Oscar Aguad, ministro de Comunicaciones. Pero en el fondo es algo que tampoco le quite el sueño a ninguna empresa.

Las miradas de los abogados del Enacom están más puestas en los temas relacionados con la nueva economía digital y la regulación de la “post convergencia”, como las modificaciones a la ley de Datos Personales, vigente desde el año 2000, que requiere contemplar situaciones como las que plantean las redes sociales o el alojamiento de datos del Estado en la nube. O la de Intermediarios Tecnológicos, pedida por los operadores para desligarse de controversias comerciales de terceros, que tiene media sanción del Senado.

También suscita resquemor el fallo de la Justicia contravencional de la Ciudad de Buenos Aires que bloqueó la página web de Uber. Independientemente de la polémica sobre si la aplicación cumple o no con la normativa de transporte urbana, preocupa la decisión de un juez local de atribuirse una prerrogativa que hasta ahora había sido exclusiva de los fueros federales (y que la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos limita a casos excepcionales como la pornografía infantil o la apología del terrorismo).

En ese sentido, al margen de los múltiples debates sobre libertad de expresión, el caso Uber reactivó la discusión sobre una reglamentación para neutralidad de red que actualice y complemente los lineamientos que establece la ley Argentina Digital y tome en cuenta nuevos factores, como la propia dinámica del mercado móvil.

En este punto, funcionarios y empresas tienen ciertos puntos de coincidencia. El reglamento peruano, que entró en vigor en enero de este año, aparece como el norte hacia donde apuntar. La regulación peruana está alineada con los criterios europeos y entre sus principales características contempla a aquellos operadores que no brinden directamente el servicio de acceso a Internet, pero a través de sus redes pasen tráfico de acceso a Internet de terceros operadores. En ese sentido, servicios de streaming o peer to peer -en los que se excluyen algunos recursos de Internet- o redes sociales -en las que solamente se incluyen algunos- también están sujetos a las obligaciones planteadas.

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